jueves, 27 de octubre de 2016

El economista Raphael Nagel advierte de que la economía española no será sostenible si se basa tanto en el turismo y en los bajos salarios


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TEMA
El economista Raphael Nagel advierte de que la economía española no será sostenible si se basa tanto en el turismo y en los bajos salarios
Manel Manchón

El economista Raphael Nagel advierte de que la economía española no será sostenible si se basa tanto en el turismo y en los bajos salarios
Barcelona 20/10/2016 23:41 horas
Se trata de una información económica de interés  



viernes, 21 de octubre de 2016

La reforma de las pensiones que viene: nuevos impuestos, menos gasto o 'tijeretazo' a las bonificaciones


 

La reforma de las pensiones que viene: nuevos impuestos, menos gasto o 'tijeretazo' a las bonificaciones

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La reforma de las pensiones que viene: nuevos impuestos, menos gasto o 'tijeretazo' a las bonificaciones


7:29 - 21/10/2016



Campeones europeos en longevidad, con una tasa de fecundidad casi por los suelos (los últimos datos demográficos del INE son para reflexionar), un número creciente de dependientes en el Sistema, el nivel de paro en el 20% de la población activa y un déficit superior al 1,5% del PIB en la Seguridad Social. Que la reforma de las pensiones en España es necesaria, es un hecho, ahora bien, los expertos consultados difieren en el modo en que el próximo Gobierno debiera abordarla.

Más o nuevos impuestos, reducir el gasto en pensiones, eliminar bonificaciones y, sobre todo, una reforma más en profundidad del mercado de trabajo son algunas de las opciones que se barajan para mantener a flote el Sistema. Las opciones son múltiples y el objetivo, evidente: garantizar la sostenibilidad de las pensiones, en un momento en que el Gobierno en funciones reconoce que el agujero de la Seguridad Social alcanzará los 19.000 millones este año y los 16.000 el próximo, lo que podría agotar el Fondo de Reserva como mucho en año y medio.

La vía de los impuestos

Es la medida que ofrece más variables. Carlos Martínez, director general del IMF Business School se muestra rotundo: "si no hay un fuerte crecimiento económico y un aumento del empleo en los próximos años, habrá que dotar al sistema de más recursos vía impuestos o seguir rebajando las pensiones". Eduardo Bandrés, Catedrático de Economía de la Universidad de Zaragoza sostiene que una solución pasaría por elevar el IVA para dotar de sostenibilidad a un sistema que confiaba en un aumento anual del 5,5% de los ingresos "que no se está cumpliendo". Para ello, los poderes públicos deberían hacer un ejercicio pedagógico importante que explique a los ciudadanos que hay que encontrar soluciones para garantizar el cobro de prestaciones dignas.

Mientras, Rafael Domenech economista Jefe de Economías Desarrolladas de BBVA Research apuesta por sustituir la financiación mediante cotizaciones sociales por impuestos indirectos, lo que aumentaría la tasa de empleo y reduciría la desigualdad (es lo que se denomina devaluación fiscal). En su propuesta de mejora del sistema recordaba ejemplos en este sentido en países como Dinamarca, donde menos del 2% de las rentas del trabajo financian las pensiones.

Desde CCOO proponen que sean los impuestos y no las cotizaciones sociales los que financien las pensiones de viudedad y de orfandad, en tanto que no son pensiones contributivas -no se ha cotizado previamente por ellas-. El Pacto de Toledo abordará esta medida que se iría aplicando, en todo caso, de forma paulatina y que equivaldría, en la práctica, a una nueva separación de fuentes.

Eliminar bonificaciones

Los expertos también creen que sería necesario eliminar todas las bonificaciones que puedan sustituirse por alternativas más eficientes para crear empleo de calidad. Es decir, aplicar cambios en la regulación laboral que incentiven el empleo indefinido, en vez de bonificarlo de forma temporal.

Destopar las bases máximas de cotización

Otra de las ideas que se incorporan al debate es la de destopar o quitar el límite a las bases máximas de cotización sin un aumento de la pensión máxima. De esta forma, los salarios más altos cotizarían por las rentas que hubieran percibido realmente, sin topes, lo que significaría pagar más en cotizaciones. Los sindicatos calculan que la Seguridad Social deja de recaudar algo más de 7.000 millones de euros al año por esta vía. Sin embargo, otros expertos alertan de que esta iniciativa encarecería el factor trabajo y podría reducir el empleo.

Cambios en el mercado de trabajo

Los analistas ven clave que el nuevo Ejecutivo se plantee una reforma del mercado de trabajo que sirva para aumentar el empleo y, sobre todo, la productividad, uno de los temas fundamentales que señala el propio Domenech. Se trataría de aprobar cambios estructurales que rebajen la tasa de paro, eleven la de ocupación e incrementen, también, los salarios, de forma que las aportaciones a la Seguridad Social sean mayores. Es un camino lento pero, a la larga, más positivo para los ciudadanos.

Además de aumentar la tasa de empleo, las reformas deberían servir para atraer capital humano, sobre todo cualificado, de manera que la inmigración retrasara el envejecimiento.

Jubilarse a los 67

La jubilación a los 67 debe universalizarse, sin dar lugar a excepciones, en opinión de Martínez, que apuesta por eliminar las prejubilaciones y por volver a revalorizar las pensiones de acuerdo con el IPC, entre otras medidas.

Un sistema más simple y justo

Íñigo Sagardoy, presidente de Sagardoy Abogados sostiene que las reformas deberían pivotar sobre cinco principios. Es básico que exista un consenso social, ajeno a intereses políticos, para conseguir una reforma integral y no "parches". También tiene que haber mayor responsabilidad personal de los ciudadanos, con corresponsabilidad del sistema público y privado de pensiones -al modo anglosajón-. El sistema tiene que ser simple y transparente, deberían reducirse los regímenes de la Seguridad Social y que cada ciudadano conociese de formas exhaustiva la pensión que le corresponde. Pero además, debe ser un modelo justo, porque tiene que lograr el equilibrio presupuestario y dotar de rentas mínimas suficientes a los pensionistas en cada momento. Por último la reforma debe conseguir un Sistema eficiente y sostenible en el tiempo, para lo que los cambios aplicados en 2013 van, en su opinión, en la dirección correcta.

La demografía no perdona

En un artículo reciente, Ignacio Conde-Ruiz, director de investigación de Fedea recordaba que España tiene una de las esperanzas de vida más elevadas, tanto al nacer como a partir de los 65 años, de toda Europa. Las mujeres españolas son campeonas en longevidad con una expectativa al nacer de 86,2 años. De hecho, entre los países de la OCDE sólo Japón nos supera en esperanza de vida al nacer. A esto se suma que España tiene una de las tasas de fecundidad más bajas de los países desarrollados, con 1,32 hijos por mujer en edad fértil -en los países desarrollados y para mantener constante el tamaño de la población sin movimientos migratorios esa tasa debería estar en 2,01 niños-.

Desde los Cuadernos de información económica de Funcas, José Antonio Herce añade a lo anterior el hecho de que en España la población activa puede reducirse en 900.000 personas hasta el año 2025, lo que dificultará la renovación generacional de la fuerza de trabajo en las empresas, con escasez de mano de obra joven, y la necesaria adaptación a la digitalización de la economía.

Esta noticia  es francamente poco tranquilizadora, para los pensionistas……….y como pensaran solucionar el problema que se nos viene encima a marchas forzadas.



 

 

miércoles, 19 de octubre de 2016

España es el tercer país de Europa por saldo vivo en titulizaciones, con un volumen de 161.700 millones de euros, según los datos de la agencia de calificación Moody's.

España es el tercer país de Europa por saldo vivo en titulizaciones, con un volumen de 161.700 millones de euros, según los datos de la agencia de calificación Moody's.


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Fuentes.-



BANCA DEUDA
España, tercer país de Europa en titulizaciones, con 161.700 millones
09/10/2016 - 09:21Agencia EFE

España, tercer país de Europa en titulizaciones, con 161.700 millones España, tercer país de Europa en titulizaciones, con 161.700 millones
España es el tercer país de Europa por saldo vivo en titulizaciones, con un volumen de 161.700 millones de euros, según los datos de la agencia de calificación Moody's.

Los mismos datos de Moody's también ponen de manifiesto que en el mercado español de titulización (como se denomina a la emisión de títulos respaldados por un determinado activo, como por ejemplo una hipoteca) el volumen de emisiones creció en un 54 % en el primer semestre del año.

Para Moody's, en España existe un entorno económico favorable para la totalización, gracias a varios factores como la mejora del crecimiento económico, que prevé alcance el 2,9 % en 2016, y del mercado laboral.

Igualmente, considera como favorables para ello unos tipos de interés que son atractivos para los deudores, la estabilización del precio de la vivienda, o la reducción del endeudamiento de los hogares.

De la misma manera, la agencia constata una mejora en las operaciones de titulación respaldadas por hipotecas residenciales en España, y por préstamos renegociados.

En este sentido, la agencia ha destacado la operación de la firma estadounidense Blackstone, que va a colocar titulizaciones de créditos reestructurados.

En concreto, es una venta de activos problemáticos que le compró a Catalunya Banc en 2015, por un volumen de 265 millones de euros.

Moody's cifra en unos 105.000 millones de euros los créditos problemáticos reestructurados que las entidades financieras españolas tienen en su balance y que podrían sacarse al mercado mediante titulizaciones.

Por otro lado, la agencia también destaca el repunte que han experimentado los préstamos al consumo, cuyo volumen se han elevado en un 40 % en los últimos tres años, aunque representan apenas un tercio de los créditos de consumo que se registraron en los trimestres previos a la crisis (2007-2008).

Uno de los factores que ayuda al repunte de los préstamos al consumo es que el tipo de interés medio, que se sitúa entre el 8 y el 9,5 %, es mucho superior al que la banca aplica a los préstamos a pymes (3-4 %) y a las hipotecas (1,5 %-2 %), lo que ayuda al sector financiero a mejorar su rentabilidad.

Al respecto, la agencia precisa que el coste de financiación hipotecario español está en línea con el del resto de Europa, mientras que en el del crédito al consumo, el país está muy por encima, ya que en las regiones del entorno se sitúa en el 5,5 % de media.

La agencia también analiza la forma en la que reaccionaron los préstamos al consumo antes y después de la crisis, un informe del que se desprende que se comportaron peor los anteriores a 2008, un hecho que Moody's achaca a la relajación en los criterios de concesión de estos préstamos, y a un apetito por el riesgo que hizo aumentar sus volúmenes a costa de una menor prudencia.

Al respecto, la agencia identifica prácticas de riesgo en estos créditos como la financiación otorgada a los extranjeros residentes, la "originación" de estos préstamos mediante intermediarios y las reestructuraciones de deuda.

Pese a ello, respecto a los nuevos préstamos al consumo concedidos en España, Moody's destaca su sólido comportamiento, debido a la eliminación de las prácticas de riesgo en su concesión, y a que los bancos están concentrados en conceder financiación a los clientes que ya conoce, es decir, los créditos pre concedidos.

Igualmente, ahora existe un mayor nivel de información para conocer a los clientes, y aquellos considerados de más riesgo, suelen recurrir a los préstamos rápidos que no se titulizan.



Guía para interinos: ¿cómo reclamar la indemnización por despido?


Guía para interinos: ¿cómo reclamar la indemnización por despido?

 

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17/10/2016 - 7:26 Actualizado: 21:06 - 17/10/16

 

 


Guía para interinos: ¿cómo reclamar la indemnización por despido?


17/10/2016 - 7:26 Actualizado: 21:06 - 17/10/16

 

 


 




Guía para interinos: ¿cómo reclamar la indemnización por despido?


17/10/2016 - 7:26 Actualizado: 21:06 - 17/10/16


  • Báñez se reunió con sindicatos y empresarios para tratar el tema
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Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 14 de septiembre de 2016 y especialmente, tras la sentencia del Tribunal Superior de Madrid (Sección 3) de fecha 5 de octubre de 2016 que venía a equiparar el derecho de los funcionarios interinos a percibir una indemnización tras la finalización de sus contratos, tal y como ocurre con un empleado indefinido despedido por causas objetivas (20 días por año de servicio), la Asociación Nacional para la Defensa Efectiva del Trabajador (ANDET) ha elaborado una guía práctica dirigida a todos aquellos trabajadores que quieran reclamar una indemnización tras la finalización de sus contratos.

¿Por dónde empezar? ¿Le afectan estas sentencias? Si es uno de los 486.800 asalariados con contrato de interinidad que trabajan en España esto le interesa. ¿Viviremos una avalancha de reclamaciones?

¿A quiénes se refieren cuando hablan de trabajadores o funcionarios interinos?

El art. 10 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) define a los funcionarios o trabajadores interinos como aquellos que "por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera", siempre y cuando se dé alguna de las circunstancias recogidas expresamente por la norma.

¿En qué se diferencian los funcionarios interinos y los funcionarios de carrera?

En la actualidad, las diferencias entre funcionarios interinos y de carrera son prácticamente inexistentes (si no fuese por la realidad del día a día). En este sentido se pronunciaba el Tribunal Constitucional en su sentencia de fecha 5 de noviembre de 2015 y previamente el auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 9 de febrero de 2012.

Sin embargo, resulta evidente la existencia de una situación que diferencia a unos y otros, esto es, el modo de extinción de la relación entre estos trabajadores y su empleador, en este caso, las Administraciones Públicas, diferencia extensible entre los trabajadores interinos y el resto de los trabajadores, como por ejemplo, el personal laboral. Así, además de las causas previstas en el art. 63 EBEP, los funcionarios interinos podrán ver extinguido su contrato cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento, hasta el momento, sin derecho a percibir indemnización alguna tras la finalización de dicha prestación de servicios.

¿Qué efectos tiene la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 14 de septiembre de 2016?

La sentencia del TJUE de 14/09/16 vino a equiparar el derecho de los funcionarios interinos al del resto de trabajadores tras la finalización de su contrato, al entender que la cláusula 4 del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que deniega cualquier indemnización por finalización de contrato al trabajador con contrato de interinidad, mientras que permite la concesión de tal indemnización, en particular, a los trabajadores fijos comparables, o lo que es lo mismo, venía a reconocerse el derecho de los funcionarios interinos a recibir una indemnización equivalente a 20 días de salario por año de servicio prestado.

¿Cómo afecta la sentencia del TJUE a los derechos de los trabajadores interinos en España?

Recientemente, la sentencia del Tribunal Superior de Madrid (Sección 3) de fecha 5 de octubre de 2016 (Rec. 246/2014) vino a ratificar el criterio de la sentencia del TJUE, concluyendo que los trabajadores interinos deberían ser indemnizados con 20 días de salario al finalizar el contrato de trabajo que les unía con la Administración Pública.

¿Tienen los afectados un plazo determinado para reclamar la indemnización tras la finalización del contrato de trabajo?

Si lo que se pretende es reclamar la nulidad o improcedencia del despido, el plazo será de 20 días hábiles, mientras que si lo que se reclama son exclusivamente los 20 días de salario por año de servicio, el afectado tendrá hasta un año por tratarse de una reclamación de cantidad.

¿Se tiene derecho a paro?

Sí, todos los trabajadores pueden solicitar la prestación por desempleo en un plazo de 15 días a partir de la fecha de efecto del despido anteriormente indicada, situación que no ha sido modificada tras las sentencias referenciadas. Para ello debe solicitar cita previa en su Servicio Público de Empleo y aportar la documentación que acredite la finalización del contrato de trabajo.

¿Tendría derecho a paro si reclama usted el despido judicialmente?

Sí, la presentación de una reclamación por vía judicial para solicitar la improcedencia y una indemnización mayor o simplemente para reclamar la indemnización de 20 días por año de servicio, no impide solicitar la prestación por desempleo, que puede solicitarse en los 15 días siguientes al despido.

¿Cuál es el procedimiento de interposición de medidas judiciales?

1. El primer paso es presentar una reclamación previa ante la Administración Pública que le comunicó el despido o la finalización del contrato.

2. Posteriormente la Administración en cuestión tiene el deber de dictar una resolución expresa. En caso de que ésta sea negativa o que simplemente no se haya dictado, debemos entender que la reclamación ha sido desestimada por silencio administrativo negativo, momento en el que el afectado deberá interponer demanda ante los juzgados de lo social competentes.

3. Tras presentar la demanda, el Juzgado enviará a su domicilio señalamiento para comparecer el día del Juicio y tras éste, el funcionario interino obtendrá la deseada sentencia.

Desde ANDET advierten que esta guía es genérica y toma como referencia todas las consultas que han recibido de interinos en situación de despido, pero recuerdan que cada caso particular puede tener circunstancias especiales por lo que aconsejan informarse con más detalle.

Precisamente para abordar la sentencia europea que insta a España a equiparar las indemnizaciones se ha mantenido una reunión entre sindicatos, empresarios y la ministra de Empleo en funciones, Fátima Báñez.


martes, 18 de octubre de 2016

Un fallo de la Unión Europa podría ahorrar miles de millones a los bancos españoles

Un fallo de la Unión Europa podría ahorrar miles de millones a los bancos españoles


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Un fallo de la Unión Europa podría ahorrar miles de millones a los bancos españoles

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PHOTO: REUTERS
JEANNETTE NEUMANN
miércoles, 13 de julio de 2016 19:51 EDT
MADRID—Los bancos españoles se anotaron una victoria provisional en su batalla contra el derrumbe continuo de las tasas de interés de sus carteras hipotecarias, pero podrían estar perdiendo la guerra.
Un asesor del máximo tribunal de la Unión Europea se alineó el miércoles con los bancos en una opinión que se espera la corte convalide. Los bancos, según el escrito, no deben ser obligados a reembolsar todo lo que pagaron los deudores que firmaron contratos de tasa variable que establecían un nivel mínimo hasta el cual podían descender los intereses.
Sin embargo, fallos adversos de la Justicia española ya han llevado a algunos prestamistas a eliminar tales mínimos, lo que plantea la posibilidad de que las entidades terminen debiendo dinero a sus deudores si las tasas de interés se hundieran más en territorio negativo.

La tasa Euribor a 12 meses, una referencia en la que se basa la gran mayoría de los préstamos para la vivienda en España, ha caído a -0,06%. Las tasas que cobran los bancos españoles que eliminaron el piso promedian cerca de 0,8%. Grupos de consumidores y prestatarios han dicho que si la Euribor baja aún más, insistirán en que los bancos paguen a los deudores. Ejecutivos de los bancos argumentan que la legislación española los protege de tener que pagar intereses a los deudores.
Los inversionistas, cansados de tales preocupaciones, celebraron la opinión que emitió Paolo Mengozzi, abogado general del Tribunal de Justicia de la UE. Casi todos los grandes bancos españoles tienen algo en juego en el caso, con riesgos de perder cientos de millones de euros. Las acciones de la mayoría de los bancos registraron alzas en Madrid.
“Esta es una buena noticia para el sector, ya que significa la desaparición de un riesgo de cola que había estado acechando por un tiempo”, escribió en un informe de investigación Francisco Riquel analista de la firma de servicios financieros N+1 Group, con sede en Madrid.
Los deudores habían llevado el caso a la corte comunitaria, con sede en Luxemburgo, en busca de la revocación de una sentencia del Tribunal Supremo español sobre el alcance de las obligaciones de los bancos. El Tribunal Supremo ordenó a los bancos que dejaran de aplicar las tasas mínimas en las hipotecas a partir de mayo de 2013, cuando dictaminó que las entidades violaron las leyes de protección al consumidor. Los deudores buscaban el reembolso de los pagos hechos hasta una década antes.
En su opinión, Mengozzi dijo que el fallo de la corte española, que estableció una solución intermedia entre los derechos del consumidor y lo que los jueces llamaron un riesgo de daño a la economía nacional, es compatible con las leyes de la UE. “Un tribunal supremo nacional”, escribió, “puede equilibrar la protección de los consumidores con cuestiones macroeconómicas”. La opinión no es vinculante, pero la corte europea normalmente sigue la orientación de sus abogados. Se prevé su decisión para fines de año.
Los bancos españoles instituyeron los pisos para las hipotecas hace unos 10 años en un intento de salvar sus márgenes del impacto de las tasas de intereses en baja. Cautelosos ante la perspectiva de que el auge de la construcción que vivía el país pudiera no prolongarse y que las tasas pudieran caer, comenzaron a establecer límites sobre cuán bajas podrían llegar a ser los intereses pagados por los clientes.
Los bancos suelen establecer pisos de entre 2,5% y 3,5%, dice Carlos García González, analista de Société Générale SA. Eso significa que, sin importar cuánto caiga la Euribor, los deudores hipotecarios nunca pagarían menos de una tasa promedio de entre 2,5% y 3,5%.
Hacia el comienzo de esta década, con España y gran parte de Europa en recesión, los deudores comenzaron a notar que la Euribor bajaba pero no así las cuotas de sus hipotecas. Los deudores llevaron a tres prestamistas a la Justicia, diciendo que no se dieron cuenta de que sus contratos hipotecarios incluían límites de hasta dónde podrían caer sus intereses.
La sentencia del Tribunal Supremo de 2013, que prohibió los mínimos, ordenó a los bancos que cesaran esa práctica a partir de la fecha del fallo, aunque no tenían que reembolsar a los clientes el exceso de intereses pagados. Un reembolso total, escribieron los jueces, “generaría el riesgo de trastornos graves” en la economía de España.
Los deudores protestaron, argumentando que si las tasas mínimas eran ilegales en 2013, también lo eran antes del fallo del tribunal. Mientras tanto, otros prestatarios liderados por el grupo de consumidores Adicae demandaron a decenas de bancos no alcanzados por la demanda original. Un juez de Madrid, citando la sentencia del Tribunal Supremo, les ordenó en abril que pagaran a los clientes el exceso de intereses, pero retroactivamente sólo hasta mayo de 2013.
Cuando el cliente creía estar tomando un préstamo con tasa de interés variable, “se encontraba sorpresivamente con una cláusula que le impedía beneficiarse de las bajadas del tipo [de interés] de referencia”, escribió el juez.
Los bancos españoles, que esperaban perder este caso, habían comenzado el año pasado a eliminar los límites mínimos a las tasas y a acumular reservas para posibles reembolsos. Los bancos han retenido esos fondos mientras apelan el fallo. Sin embargo, han dejado de aplicar los mínimos, tras lo cual también han caído las ganancias que obtienen de esos préstamos. Las provisiones también les han resultado costosas.
Ejecutivos de CaixaBank SA, por ejemplo, dijeron que la eliminación de los pisos a las tasas reduciría sus ganancias por préstamos en unos 220 millones de euros por año.
Si el Tribunal de Justicia de la UE no sigue el consejo del asesor, BBVA, el segundo prestamista de España por valor de mercado, enfrenta la posibilidad de tener que devolver unos 2.500 millones de euros (US$2.800 millones) a sus deudores hipotecarios, según un cálculo que García González hizo en mayo.
CaixaBank y Banco de Sabadell SA deberían reembolsar alrededor de 1.500 millones de euros, mientras que Banco Popular Español SAtendría que devolver en torno a 1.000 millones de euros, según García González.
Banco Popular reportó una pérdida neta en el cuarto trimestre de 2015 después de provisionar 350 millones de euros para cubrir posibles reclamaciones legales.
Liberbank SA sería particularmente vulnerable, con un potencial reembolso de 500 millones de euros, lo cual sería un golpe devastador para un prestamista regional pequeño.
Banco Santander SA y Bankinter SA, que según los analistas no incluían mínimos para los intereses de sus hipotecas, han evitado los interminables casos legales.

Sabadell, en contraste, ha adoptado una postura firma. Los ejecutivos de la entidad han mantenido su argumento de que los pisos de las tasas de interés estaban claramente explicados y que los clientes los entendieron bien, de modo que no hay necesidad de eliminarlos.

El Popular plantea prejubilaciones con entre el 65% y 75% del salario

El Popular plantea prejubilaciones con entre el 65% y 75% del salario

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Fuentes.- Economía Digital
Barcelona 18/10/2016 17:28 horas
El Popular plantea prejubilaciones con entre el 65% y 75% del salario


El presidente del Banco Popular, Ángel Ron, durante una comparecencia en junio pasado, en Santander. EFE/Pedro Puente Hoyos

La entidad transmite a los sindicatos una nueva propuesta para las salidas voluntarias en un ERE que afectará a 2.900 trabajadores de la compañía
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Economía Digital
Barcelona 18/10/2016 17:28 horas
La dirección del Banco Popular continúa aflojando el puño en el ERE que afectará a 2.900 trabajadores de su actual plantilla. En una nueva reunión con los sindicatos, celebrada este martes, la entidad ha planteado prejubilaciones con entre el 65% y el 75% del salario neto actual, en función de la edad del empleado.

A través de una nota, el Popular explica que la nueva propuesta baraja cinco colectivos diferentes por edad. A los empleados que tengan 59 años o más --a 31 de diciembre de 2016--se les ofrece el 75% del salario neto previsto en el convenio, descontando la aportación a la seguridad social.

Los empleados de 58 años, con un máximo de 120 prejubilaciones, podrán obtener el 70% del salario. Mientras que los afectados entre 55 y 57 percibirán el 65% del actual salario neto. 

Igualmente, la entidad plantea para sus trabajadores de entre 50 y 54 años una indemnización bruta equivalente a 30 días de salario por año de servicio, con un límite de 18 mensualidades.
Salidas voluntarias

Dentro de las 2.900 salidas incluidas en el ERE, el Popular planteó que 1.800 se produjesen en forma de prejubilaciones y otros modelos de carácter voluntario, en torno al 60% del total.
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Descripción: Gonzalo Gortázar, consejero delegado de Caixabank / EFE