miércoles, 21 de septiembre de 2016

Los consejeros pueden perder todo su patrimonio sin actuar con mala intención



EFE
Lunes, 15 de Febrero de 2016 - 14:52 h.





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EFE
Lunes, 15 de Febrero de 2016 - 14:52 h.


Los consejeros pueden perder todo su patrimonio sin actuar con mala intención
Las recientes modificaciones en la regulación mercantil, penal y civil han incrementado notablemente los riesgos empresariales del consejero, que ahora puede ser obligado a responder a sus responsabilidades civiles con su patrimonio presente y futuro.
EFE
Lunes, 15 de Febrero de 2016 - 14:52 h.
De ese modo podrían perder todo su patrimonio sin actuar de forma malintencionada, según los expertos de EY Abogados, que advierten de que la labor en los consejos requiere de un análisis permanente para evitar una "mala praxis" y sus consecuencias.
Tras un año de la entrada en vigor de la nueva Ley de Sociedades de Capital, a la que se suma el Código de Buen Gobierno y la reforma del Código Penal, el socio director de EY Abogados, Federico Linares, cree que se ha fomentado la transparencia de los consejos, con un incremento de la responsabilidad que repercute en la propia reputación personal y profesional del consejero.
Entre los principales cambios en la regulación, que según los letrados afectarán de forma positiva en el prestigio de las compañías, destaca la extensión del riesgo a las personas físicas que actúan en representación de las personas jurídicas.
Ello otorga al consejero una responsabilidad triple (personal, dual y solidaria) en su gestión con independencia de si se trata de una gestión malintencionada o no, tal y como queda recogido en el nuevo Código Penal.
Precisamente, la modificación de los aspectos penales sitúa a los administradores en una posición de vigilantes de las actividades constitutivas de delito, por lo que el consejero podría ser llamado a responder de sus responsabilidades con todo su patrimonio presente y futuro.
Además, el nuevo articulado eleva a ocho años las penas máximas por administración desleal y apropiación indebida (antes seis), y reconoce como delito la corrupción en los negocios, susceptible de ser cometida por el consejero.
Los expertos defienden la necesidad de que los consejeros conozcan no sólo los riesgos de su trabajo diario sino también su posible cobertura porque, como recuerda el socio responsable del área legal de EY, Félix Plasencia, "la política de gestión de riesgos de la empresa no cubre necesariamente los propios del consejero". EFECOM
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