lunes, 26 de septiembre de 2016

España, condenada por el TJUE a indemnizar a los afectados por cláusulas abusivas en su hipoteca



 España, condenada por el TJUE a indemnizar a los afectados por cláusulas abusivas en su hipoteca

Autor: equipo
12 septiembre 2016, 8:55

   JUSTICIA Y DEMOCRACIA BLOG
NOSOTROS, LO UNICO QUE HACEMOS ES, INFORMARNOS EN ARTICULOS PUBLICADOS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL, Y SIN ENTRAR A VALORAR LOS CONTENIDOS NI ASEVERAR MADA, NI A FAVOR NI EN CONTRA, NOS LIMITAMOS A DARLOS A CONOCER A LAS PERSONAS QUE LES PUEDA INTERESAR EL TEMA, SIN AÑADIR NI QUITAR NI UN A SOLA LETRA DE LO PUBLICADO, SIN NINGIUN ANIMO DE LUCRO, NI INTENCION DE PERJUDIDAR O PLAGIAR A NADIE, SOLO LO QUIE HACEMOS EN INFORMAR A QUJIEN ESTE INTERESADO.
A TRAVES DE NUESTREO BLOG.- PUEDEN ACCEDER A MUCHOS TEMAS DE INTERES (A NUESTRO JUICIO).
Justicia y Democracia Blog, no es el autor de ninguno de los reportajes que se puedan ver en nuestro Blog, ya que son todos reproducciones de artículos publicados por los medios de comunicación  social, por consiguiente bajo ningún concepto. Nos responsabilizamos de los contenidos de los mismos, ni de la veracidad  o no de las noticias publicadas por ellos y sus medios, tengan en cuenta que lo dicho en este Blog es fiel reflejo de las noticias publicadas por todos y cada uno de los medios, sin haberse hecho ningún cambio en los contenidos, siendo fiel trascripción de las  fuentes que  siempre se citan al principio de cada publicación. JUSTICIA Y DEMOCRACIA. 
Fuentes.-
Artículo escrito por Carmen Giménez, abogado titular de G&G Abogados.
Fuente.- www.idealista.com

España, condenada por el TJUE a indemnizar a los afectados por cláusulas abusivas en su hipoteca

Autor: equipo
12 septiembre 2016, 8:55
COMENTARIOS RECIENTES:
Requisitos para que los particulares puedan reclamar indemnización al Estado por no aplicación del derecho de la UE.
Según “El TJUE, reitera los requisitos para que un Estado deba responder por daños causados a los ciudadanos, cuando los tribunales del mismo, dejan de aplicar o ignoran el Derecho de la Unión.
Según sentencia del 28 de julio de 2016, en el asunto C-168/15 un Estado miembro responderá por los daños causados a los particulares por la violación del Derecho de la Unión Europea, provocada por alguna resolución de algún órgano jurisdiccional nacional:
              1.- Cuando la resolución que dicte sea en última instancia, y
              2.- Cuando mediante esta resolución, dicho órgano jurisdiccional haya infringido manifiestamente  el Derecho aplicable o haya ignorado una jurisprudencia reiterada del Tribunal de Justicia en esa materia concreta.
              Las reglas relativas a la reparación de esos daños, referidas a su evaluación o a las vías de recurso que puedan estar disponibles, queden determinadas por el Derecho de cada Estado miembro de la UE, siempre y cuando se respeten en todo caso los principios de equivalencia y de efectividad.   
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera)
de 28 de julio de 2016
«Procedimiento prejudicial
Protección de los consumidores
Directiva
93/13/CEE
Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los
consumidores
Contrato de préstamo que contiene una cláusula abusiva
Responsabilidad de un Estado miembro por los daños causados a los particulares
como consecuencia de violaciones del Derecho de la Unión imputables a un
órgano jurisdiccional nacional
Requisit
los de generación de la
responsabilidad
Existencia de una violación suficientemente caracterizada del
Derecho de la Unión»
El Anexo de la presente Directiva contiene una lista indicativa y no
exhaustiva d
e cláusulas que pueden ser declaradas abusivas.»

No hay comentarios:

Publicar un comentario