domingo, 29 de marzo de 2015

CONFIRMACION DE LA ULTIMA NOTA SOBRE EL FONDO DE GARAANTIA DE DEPOSITOS.

José Ortega y Gasset ,22. 28006 Madrid. Tlf. 914316645. Fax 915755728.Web www.fgd.es. E-mail:fogade@fgd.es
FGD Fondo de Garantía de Depósitos
de Entidades de Crédito
De interés para los titulares de depósitos dinerarios en Banco de Madrid, S.A.U.
Nota de prensa – Madrid 18 de marzo de 2015
El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito informa a los titulares de depósitos dinerarios de Banco de Madrid, S.A.U. que, con fecha 18 de marzo de 2015, el Banco de España ha determinado que, habiéndose producido el impago de depósitos dinerarios vencidos y exigibles, Banco de Madrid, S.A.U. se encuentra en situación de imposibilidad de restituirlos, sin que tenga perspectivas de poder hacerlo en un futuro inmediato.
Por tanto, una vez conocida la decisión del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria de no proceder a instar la apertura del proceso de resolución de la entidad y de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito ha de satisfacer a los titulares de depósitos dinerarios los importes garantizados en los términos fijados reglamentariamente.
Se recuerda que, según el artículo 10 del citado Real Decreto-ley, los depósitos existentes en Banco de Madrid, S.A.U. se encuentran garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, hasta un límite máximo de 100.000 euros por titular de depósito dinerario.
Una vez verificada la información sobre los depósitos dinerarios, el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito se dirigirá próximamente a todos y cada uno de sus titulares para proceder al pago de los importes garantizados, subrogándose en los derechos de dichos titulares por las cantidades satisfechas.
El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito procederá a efectuar los pagos con la máxima celeridad, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
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DEL MAXIMO IMNTERES SOBRE EL FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITOS EN LA BANCA ESPAÑOLA.- MAXIMO GARANTIZADO 

CONTINUACION A LAS ANTERIORES NOTICIAS SOBRE EL BANCO DE MADRID                                                                                      

DE MAXIMO INTERES PARA LOS DEPOSITANTES EN GENERAL Y EN PARTICULAR A LOS POSIBLES DEL BANCO DE MADRID.
FONDO DE GARANTIAS  DE DEPOSITOS EN BANCOS ESPAÑOLES
Estimados amigos
El importe garantizado máximo de los depósitos  es de 100.000.-- € por cada titular, con independencia del número y clase de depósitos que tenga en la entidad.
El importe máximo de los valores o instrumentos financieros confiados a la entidad es independiente del anterior, y alcanza igualmente los 100.000.-- € por cada inversor, al martgen del número y clase de valores.
PARA ELLO SI LO ESTIMAN OPORTUNO, PUEDEN VER LAS DIVERESAS PUIBLICACIONES EN EL BLOG.-
          http:justiciaydemocracia2015.blogspot.com

un cordial saludo.

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miércoles, 25 de marzo de 2015

PRIMER CORRRALITO EN ESPAÑA - BANCO DE MADRID EN CONCURSO ACREEDORES


POR SU IMPORTANCIA Y TRANSCENDENCIA PARA LOS CLIENTES Y DEPOSITARIOS,
A CONTINUACIÓN, REMITO LA INFORMACIÓN APARECIDA EN LA PRENSA "EL CONFIDENCIAL", REFERIDA (BANCO DE MADRID) AL PRIMER BANCO EN ESPAÑA QUE TRAMITA UN PROCEDIMIENTO DE CONCURSO DE ACREEDORES, Y DA LUGAR A LO QUE DEFINEN COMO EL APARENTEMENTE PRIMER "CORRALITO" EN ESPAÑA.

ESPERO QUE SEA DE INTERÉS CONOCER ESTE ASUNTO






publicado por EL CONFIDENCIAL CON FECHA 25-03-2015

ESO EXPLICA EL CORRALITO Y EL CAMBIO DE DEPOSITARIO
La CNMV evita al juez para salvar los fondos y sicavs del concurso de Banco Madrid
La actuación de la CNMV es lo más llamativo del caso Banco Madrid. Aprovechando la lentitud del juez, se mueve a toda prisa para salvar a fondos y sicavs de verse atrapados por el concurso
Un hombre protesta ante la sede del Banco de Madrid. (EFE)
25.03.2015 – 05:00 H.
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La presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez, está demostrando unos reflejos desconocidos hasta ahora en la institución. En primero lugar, decretó elcorralito para los fondos y sicavs depositados en Banco

PRIMER CONCURSO DE ACREEDORES DE LA BANCA
El BdE fuerza el concurso de acreedores de Banco Madrid e impone un corralito
El Banco de España ha instado el concurso de acreedores de Banco Madrid para proceder a su liquidación. Se ha impuesto un corralito por el que no se podrán retirar depósitos, ni fondos ni sicavs
16.03.2015 – 08:30 H. ACTUALIZADO: 13:42 H.
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·        BANCA PRIVADA
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·        BANCO DE ESPAÑA
Fin de semana crítico para el Banco de Madrid. Los administradores designados por el Banco de España para tutelar la filial española de Banca Privada de Andorra (BPA), han decidido resolver el futuro de la entidad financiera por la vía más extrema y directa: su liquidación. Los representantes del organismo supervisor han solicitado esta mañana el concurso de acreedores de la entidad y han impuesto un corralito por el que no se podrá retirar dinero de la entidad hasta que lo decida un juez. La CNMV acaba de informar que tampoco se podrán retirar fondos ni sicavs de forma temporal. La entidad ya no ha abierto sus puertas hoy.

Se trata del primer banco español que presenta concurso de acreedores y que va a ser liquidado en la crisis, ya que hasta ahora se habían rescatado todos con dinero público. Según las fuentes consultadas, esta decisión tan drástica obedece a la fuerte retirada de fondos registrada desde el estallido del escándalo de blanqueo de dinero y la intervención tanto de BPA como de Banco Madrid el martes pasado.  Esta decisión llega después de pedir la confección de un balance de liquidación (identificación de activos y pasivos), descartando de esa manera la posibilidad de la venta a un tercero. 
Según justifica el propio Banco de España en un comunicado emitido minutos después de que El Confidencial adelantara la noticia, “esta situación viene motivada por el fuerte deterioro sufrido en la situación económica-financiera de Banco Madrid durante los últimos días, tras conocerse la decisión adoptada por la Financial Crisis Enforcement Network (FinCEN) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, de considerar a su matriz, Banca Privada d'Andorra (BPA), como una institución financiera extranjera sometida a preocupación de primer orden en materia de blanqueo de capitales”.
El supervisor alega que a esta decisión “se han unido otras informaciones aparecidas en medios de comunicación durante el pasado fin de semana, que ya son de dominio público. Las importantes retiradas de fondos de clientes derivadas de las circunstancias anteriores, que ha tenido que atender la entidad en los últimos días, han afectado a su capacidad para hacer frente al cumplimiento puntual de sus obligaciones”. Por todo ello, han decidido “suspender su operativa ordinaria, mientras se pronuncie el Juez que tenga que conocer el procedimiento".
Banco de Madrid, garantizados 100.000 euros
Esta solicitud de concurso implica que los depositantes no podrán sacar su dinero del banco hasta que lo decida un juez y que deben ponerse a la cola para cobrar a junto con el resto de acreedores. Dada la situación de liquidez de la entidad, que es la que ha forzado el concurso, parece poco probable que puedan recuperar más que los 100.000 euros por cuenta que garantiza el Fondo de Garantía de Depósitos.
Según el comunicado del Banco de España, "la solicitud de concurso permite asegurar un igual trato de los depositantes de la entidad y del resto de sus acreedores. El Banco de España recuerda que los depósitos de los clientes de Banco de Madrid, S.A. están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito hasta un máximo de 100.000 euros por titular. Esta garantía se hará efectiva lo antes posible una vez se cumplan los trámites pertinentes".
Tampoco se pueden retirar fondos ni sicavs
En principio los titulares de productos fuera de balance, como fondos de inversión, planes de pensiones o sicav, no deberían haber tenido problemas ya que "los titulares de valores depositados en Banco de Madrid, S.A. gozarán de derecho de separación en los términos establecidos en la normativa vigente", según explica el Banco de España. Sin embargo, la CNMV ha emitido un comunicado a mediodía en el que afirma que "ha acordado suspender temporalmente los reembolsos de los fondos de inversión y SICAVs gestionados por la gestora de inversión colectiva de Banco de Madrid".
"La suspensión, consecuencia de la situación concursal del Banco de Madrid, se circunscribe a los fondos en cuya operativa participaba el citado banco y se prolongará por el tiempo imprescindible para garantizar los derechos de los inversores en estos productos y su igualdad de trato", aunque no especifica cuál es ese tiempo imprescindible.
Esta decisión de urgencia deja en el aire el futuro de cerca de los 300 trabajadores que forman la plantilla de Banco Madrid. Los empleados, informados del proceso iniciado durante el fin de semana, albergaban la esperanza de que se permitiera la venta de la entidad, en aras de preservar la parte del negocio no afectada con malas prácticas bancarias y con ello salvaguardar el mayor número de puestos de trabajo.
Madrid el mismo día que el Banco de España hizo lo propio con los depósitos; y ayer, anunció el próximo cambio de depositario de estos productos para que sus titulares puedan retirar el dinero atrapado en la filial del andorrano BPA. Estos movimientos pretenden librar a estos clientes del concurso de acreedores y evitar que su dinero pase a formar parte de la masa con que se pague a los depositantes y acreedores. 
Según distintos expertos, el supervisor está adoptando "una política de tierra quemada, de hechos consumados, con la que está tomando todas las medidas que considera necesarias para evitar que el administrador concursal pueda echar mano de los activos fuera de balance como fondos y sicavs. Y si, después, el juez considera que estas medidas no son legales, las puede rescindir siempre que acredite que han causado perjuicio a los acreedores del banco". Así lo establece el artículo 71 de la Ley Concursal, "Acciones de reintegración", que extiende esta rescisión a los actos adoptados hasta dos años antes del concurso.
En principio, los fondos y sicavs son activos fuera del balance del banco, ya que únicamente están depositados en él, y por tanto gozan de derecho de separación según el artículo 80 de la citada ley; esto es, sus titulares se los pueden llevar y no corren peligro de que se utilicen para pagar a los acreedores. Ahora bien, si esto se hace después del inicio del concurso, debe ser el administrador concursal el que autorice estas retiradas una a una, lo que puede llevar años.
La presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez. (EFE)
De ahí que la CNMV esté adoptando medidas para que estas retiradas se puedan efectuar antes de que se inicie la administración concursal y, por tanto, sin necesidad de ninguna autorización previa, según un bufete especializado en estos procesos. "Todo el mundo lo hace así en los concursos; ante la duda y siempre que sea beneficioso, es mejor hacerlo siempre de forma extrajudicial. Y luego, si no está de acuerdo, que venga el juez y lo eche atrás", añade. Entretanto, el supervisor aprovecha la lentitud del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, que todavía no ha nombrado administrador de la entidad pese a que el FROB ya le contestó el 18 de marzo que no pensaba rescatarla.
"La CNMV tiene el mandato de garantizar la protección de los inversores y la normalidad en la operativa, que en este caso es permitir que reembolsen su dinero. No sabemos lo que dirá el juez, pero mientras tanto vamos tomando decisiones conforme a la Ley del Mercado de Valores y a la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, porque nos dan esas competencias", explica una fuente del supervisor del mercado. 
Los reembolsos se abonan en cuentas en balance
Hay otro peligro adicional, según uno de los grandes despachos de abogados españoles: cuando un cliente vende sus participaciones en un fondo o sicav, el dinero producto de dicha venta se abona en una cuenta corriente de Banco Madrid... que sí pertenece a su balance y, por tanto, se puede entender que está incluida en la masa con la que pagar a los depositantes y acreedores. En principio, esto choca con el derecho de separación de estos activos, pero ni siquiera los abogados especializados descartan que un juez adopte esta interpretación. Ante esto, la CNMV prefiere curarse en salud y permitir que se saque el dinero antes de que se plantee la duda.
Foto: Reuters.
Este es el motivo tanto de la suspensión de reembolsos (el corralito) como de la intervención de la gestora de Banco Madrid y, sobre todo, de la decisión de sustituirla como depositaria de fondos y sicavs anunciada ayer. Por ello, estos activos pasarán a estar depositados en otra entidad y sus titulares podrán retirarlos sin ningún problema y sin necesidad de pedir permiso a nadie. "Se trata de evitar que los partícipes se queden capturados en el concurso", según la citada fuente de la CNMV. Esta admite que, con el corralito, corre el riesgo de que el mercado se caiga y los fondos pierdan valor, "pero también es posible que suba y, en todo caso, el mayor riesgo de deterioro es quedar incluidos en el concurso".
Situación sin precedentes
De hecho, hay quien critica incluso la lentitud con que ha actuado Elvira Rodríguez: "Ha perdido una ocasión de oro de hacer bien las cosas por una vez. Debería haber asumido más protagonismo desde el primer momento y haber intervenido directamente la gestora cuando impuso el corralito. Ha creado una enorme confusión en el mercado y ha hecho mucho daño a las entidades pequeñas, que se podía haber evitado", según uno de los expertos consultados.

En todo caso, el gran problema de Banco Madrid es que se trata de una situación sin precedentes. Desde Eurobank del Mediterráneo, en 2003, ningún banco había sido liquidado en España, y desde entonces la normativa tanto bancaria como concursal ha cambiado radicalmente. Por tanto, todas las partes implicadas se mueven en la incertidumbre y desconfían unas de otras, ante lo cual, la CNMV prefiere tomar la iniciativa en beneficio teórico de los partícipes.